miércoles, 4 de febrero de 2015

Tema 1 - Actos de encuadramiento (Artículo Doctrinal)

PUNTOS CRÍTICOS SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS

   Mª Antonia Perez Alonso - Moises Magallón Ortiz              FECHA: 08/2013

         1.       Actividad empresarial laboral:
            1.1   En la misma provincia:

o    Varios centros de trabajo con la misma actividad à un único CCC (Numero de cuenta de cotización de empresas). *Salvo trabajadores con contingencias excluidas.

o   Varios centros de trabajo con diferente actividad de la principal à diferentes números CCC.

 1.2   En distinta provincia:

o   Actividad ocasional à cuenta de cotización de origen. Derecho a dietas de los trabajadores.

o   Actividad permanente à nueva cuenta de cotización empresa.

§  Si trabajadores de origen – cambio sustancial, modificación de condiciones de trabajo.
                              §  Si son nuevos trabajadores – nuevo contrato.


      2.       Gestión administrativa:

                    Se realiza desde la empresa principal o desde la sede de la actividad principal, mediante el sistema RED previa solicitud de la Unidad de Gestión Centralizada. Recaudación a través del nº de CCC principal.

             3.       Artistas:

-          Si régimen común de artistas: número de cuenta de cotización normal.

-          Si régimen especial de artistas: apertura de cuenta para ese colectivo de régimen especial.

 4.       Empleados de hogar:

Cada empleador tendrá un CCC con diferentes trabajadores especificando las horas que trabaja. Si hay cambio del número de horas trabajadas semanales se realizará la variación de datos correspondiente surtiendo efecto desde el primer dia del mes siguiente.

 5.       Representantes de comercio:

Código de cotización específico para este colectivo. El trabajador es el sujeto obligado al alta y a la cotización porque son trabajadores por cuenta ajena con una relación laboral especial. Este código de cuenta de cotización de la empresa es único para todo el territorio nacional.

 6.       Sucesión de empresas:

Necesidad de comunicación a la Tesorería de la Seguridad Social mediante Modelo TA.8. (Adjuntar copias de escrituras, bajas y altas de trabajadores y aceptación por parte de los mismos).

 7.       Variación de datos:

El empresario debe comunicar a la Tesorería los datos de inscripción de la empresa a través del Modelo TA.7 en un plazo de 6 días siguientes.  (Cambios de domicilio o actividad, etc.)

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