lunes, 30 de marzo de 2015

Tema 9 - Muerte y Superviviencia - Sentencia

Sentencia TS de 5 de mayo de 2014. RJ 2014/2847

Comentario
Dª Milagros presentó solicitud de pensión de viudedad por el fallecimiento de su marido Aalla Benaissa quien falleció el 26-04-2010. Consta que de dicho matrimonio nacieron cuatro hijos, y que además el causante tenía otro hijo de un matrimonio anterior. El Intituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dictó resolución denegando la prestación de viudedad por no encontrarse el causante a fecha del fallecimiento en alta o situación asimilada al alta, y no haber completado un periodo mínimo de cotización.
Contra dicha resolución se interpuso una reclamación administrativa previa que fue desestimada por el INSS.
El fallecido era titular de la Renta Mínima de Inserción.
Milagros demanda al INSS y la TGSS, la cual se estima. La resolución es recurrida en suplicación por el INSS ante la sala de lo social del TSJ de Cataluña la cual desestima el recurso de suplicación interpuesto por el INSS.
El INSS formalizó un recurso de casación unificadora de la doctrina.

Fallo
Se desestima el recurso de casación de para la unificación de la doctrina interpuesto por el INSS.

Comentario

Se demuestra que el fallecido reunía los requisitos necesarios para estar en situación de alta o asimilada de alta para causar una pensión de viudedad, quien en el momento del fallecimiento era preceptor de la Renta Mínima de Inserción convirtiendo a Milagros en beneficiaria de dicha pensión teniendo en consideración el artículo 29-2 del Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre  (RCL 1966, 2394)

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